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PRESENTACIÓN

La Constitución Española, en su artículo 27, dentro de los DERECHOS FUNDAMENTALES, con la importancia que ello conlleva, y que posteriormente ha sido objeto de desarrollo legislativo, establece el derecho de todos los ciudadanos a la EDUCACION, y cuyo objeto es el desarrollo de la personalidad humana, en todos los ámbitos de la vida, respetando los principios democráticos de convivencia.

Corresponde a los poderes públicos el deber de garantizar el libre ejercicio de este derecho, y articular los mecanismos necesarios para que este derecho sea real y efectivo, estableciendo la gratuidad de la enseñanza

El Artículo 27 de la constitución española declara:

  • Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.

    La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.

    (...)

    La enseñanza básica es obligatoria y gratuita.

    Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes.

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